{"id":24609,"date":"2022-09-15T16:24:31","date_gmt":"2022-09-15T15:24:31","guid":{"rendered":"https:\/\/omnesmag.com\/?p=24609"},"modified":"2022-09-15T16:24:34","modified_gmt":"2022-09-15T15:24:34","slug":"ser-medico-es-buscar-la-salud-del-paciente-defienden-los-profesionales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/omnes.blog\/?p=24609","title":{"rendered":"Ser m\u00e9dico es buscar la salud del paciente, defienden los profesionales"},"content":{"rendered":"\n<p>\u201cEl acto m\u00e9dico no es una mera prestaci\u00f3n. Hay una persona que lo da, por tanto hay una conciencia detr\u00e1s que est\u00e1 actuando, es la persona que est\u00e1 actuando, y la conciencia es la que nos obliga a actuar seg\u00fan lo que creemos que debemos hacer. Y en el acto m\u00e9dico, esto significa unos actos orientados a la salud, a la restituci\u00f3n de la salud del paciente en todo momento\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00c9sta mensaje fue quiz\u00e1 el primero con el que el Dr. Rafael del R\u00edo Villegas, presidente de la Comisi\u00f3n Deontol\u00f3gica del Colegio de M\u00e9dicos de Madrid (Icomem), sintetiz\u00f3 el coloquio que hab\u00eda tenido lugar en una Jornada de Debate desde la \u00c9tica y Deontolog\u00eda de la Profesi\u00f3n M\u00e9dica, celebrada en la sede del Colegio, y que pueden ver <a href=\"https:\/\/suite.icareus.com\/web\/icomem\/player\/embed\/vod?assetId=192843203\">aqu\u00ed<\/a> de forma \u00edntegra.<\/p><div class=\"lerox-placement-margin\" style=\"margin:32px 0 32px 0;\"><div class=\"lerox-ad lerox-ad-image\" data-ad-id=\"1\"><a href=\"https:\/\/leroxstudio.com\" target=\"_blank\" rel=\"noopener noreferrer nofollow\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/omnes.blog\/wp-content\/uploads\/2026\/01\/www.url_.com_.gif\" width=\"800\" height=\"850\" alt=\"\" loading=\"lazy\" style=\"display:block;max-width:100%;\"><\/a><\/div><\/div>\n\n\n\n<p>La segunda idea mencionada por Rafael del R\u00edo fue la consideraci\u00f3n de la objeci\u00f3n de conciencia como \u201cderecho fundamental o al menos tener ese estatus; es lo que nos est\u00e1n apuntando diferentes sentencias del Constitucional, o el trato que se le da cuando se habla de \u00e9l por su vinculaci\u00f3n con el art\u00edculo 16 de la Constituci\u00f3n, que recoge estos derechos de la persona en cuanto a la libertad religiosa, ideol\u00f3gica y de culto\u201d. Nos referiremos a este asunto m\u00e1s adelante.<\/p>\n\n\n\n<p>En el debate, el quinto de estas Jornadas en torno a temas \u00e9ticos de la profesi\u00f3n, seguido por m\u00e1s de trescientos colegiados, intervinieron como ponentes los doctores Juan Jos\u00e9 Bestard, especialista en medicina preventiva y salud p\u00fablica, m\u00e9dico en La Paz; y Vicente Soriano, m\u00e9dico especialista en enfermedades infecciosas (UNIR).<\/p>\n\n\n\n<p>Ambos fueron precedidos de una introducci\u00f3n del doctor Julio Albis\u00faa, jefe asociado de Neurocirug\u00eda de la Fundaci\u00f3n Jim\u00e9nez D\u00edaz, y moderados por el doctor Jos\u00e9 Manuel Moreno Villares, director del Departamento de Pediatr\u00eda Cl\u00ednica de la Universidad de Navarra.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La esencia, el cuidado del enfermo<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>El Dr. Vicente Soriano se hab\u00eda referido con detenimiento a la cuesti\u00f3n de \u201cser m\u00e9dico\u201d. En su intervenci\u00f3n, se\u00f1al\u00f3 que \u201cser m\u00e9dico, la esencia de nuestra labor profesional, bien sedimentada desde Hip\u00f3crates\u201d es \u201cbuscar la salud del paciente, el bien del paciente. Esto se ha desarrollado con el tiempo\u201d, y cit\u00f3 algunos investigadores m\u00e9dicos como Edmund Pellegrino, de Georgetown University Medical Center, y Joel L. Gambel, canadiense, y a fil\u00f3sofos como Xavier Simons.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201c<a href=\"https:\/\/www.georgetown.edu\/news\/bioethics-founder-georgetown-professor-pellegrino-passes-away\/\">Edmund Pellegrino<\/a> es un gran visionario de lo que es el trabajo m\u00e9dico \u2015manifest\u00f3 el Dr. Soriano\u2015, del compromiso, la esencia de la labor profesional del m\u00e9dico, que es el cuidado del enfermo; si no podemos curarlo, aliviar el da\u00f1o que tenga; y si no podemos aliviarlo, acompa\u00f1arlo hasta el final. Y vivimos las virtudes m\u00e9dicas en su grandeza, (\u2026) queremos que el paciente puede descansar, en nuestras decisiones consensuadas con \u00e9l\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Un bien para el paciente y la sociedad<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>M\u00e1s adelante, Soriano precis\u00f3: \u201cel acto m\u00e9dico no es un producto, no es una \u2018commodity\u2019, el acto m\u00e9dico es un bien para la sociedad, que tiene adem\u00e1s obligaci\u00f3n de preservarlo como tal\u201d. Y cit\u00f3 al canadiense Joel L. Gamble, de la Universidad de British Columbia (Vancouver), cuando se\u00f1ala que \u201cel cuidado no es una intervenci\u00f3n, que el acto m\u00e9dico no es una prestaci\u00f3n. Los pacientes tienen derecho al cuidado, lo que les puede dar el m\u00e9dico, que no es cualquier cosa de tipo sanitario, es el acto m\u00e9dico. Que el m\u00e9dico debe considerar beneficioso para el paciente. Dicho de otra manera, y esto est\u00e1 en el C\u00f3digo Deontol\u00f3gico: el acto m\u00e9dico no es una prestaci\u00f3n sanitaria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>El Dr. Soriano citar\u00eda al final sus conclusiones. Primera, \u201cla pr\u00e1ctica de la medicina debe seguir el fin de la profesi\u00f3n, esto es, la b\u00fasqueda de la salud del paciente\u201d. Segunda: \u201cEl acto m\u00e9dico debe ajustarse al c\u00f3digo \u00e9tico m\u00e9dico. Fue definido por vez primera hace 25 siglos por Hip\u00f3crates, con la triada de preceptos: \u2018curar, aliviar, acompa\u00f1ar\u2019\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Puesto que el tema de an\u00e1lisis de la jornada fue \u2018La objeci\u00f3n de conciencia en la Profesi\u00f3n M\u00e9dica\u2019, Soriano mencion\u00f3 tambi\u00e9n, entre otros, a Xavier Symons, fil\u00f3sofo australiano dedicado a temas sanitarios, que se ha referido a la conciencia&nbsp; recientemente.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLa conciencia es una facultad de la psicolog\u00eda moral humana. El conjunto de principios del actuar humano que consideramos nos identifican, y deseamos gu\u00eden nuestra conducta. La conciencia ni proporciona un conocimiento moral intuitivo, sino m\u00e1s bien un sentido de tener una obligaci\u00f3n moral. [Los m\u00e9dicos no estudiamos mucho de estos en la facultad, sino m\u00e1s bien t\u00e9cnicas, procederes de diagn\u00f3sticos, medicamentos, etc., coment\u00f3 Soriano]. Actuar en conciencia supone coherencia entre nuestros pensamientos y acciones. El reconocimiento de la objeci\u00f3n de conciencia deriva de reconocer el significado moral de la conciencia y el da\u00f1o que supone violarla\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Objeci\u00f3n de conciencia<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>La objeci\u00f3n de conciencia como derecho fundamental fue uno de los temas que abord\u00f3 en su intervenci\u00f3n el Dr. Juan Jos\u00e9 Bestard. A su juicio, \u201cla objeci\u00f3n de conciencia es un derecho constitucional y es un derecho aut\u00f3nomo. Varias sentencias del Tribunal Constitucional la califican como derecho fundamental, y sin embargo, la \u00faltima no lo hace\u201d, advirti\u00f3 el especialista en medicina preventiva y salud p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>El Dr. Bestard se refiri\u00f3 a \u201cla vinculaci\u00f3n sustancial\u201d de este derecho con el art\u00edculo 16 de la Constituci\u00f3n, e indic\u00f3 tambi\u00e9n que \u201cla sentencia del TC 160\/1987 abre una puerta interpretativa al decir: \u201cen la hip\u00f3tesis de estimarlo fundamental\u2026\u201d<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, el doctor Bestard se\u00f1al\u00f3 que la objeci\u00f3n de conciencia \u201cgoza de rasgos inherentes a los derechos fundamentales, y la doctrina le atribuye un estatus: por su inexorable vinculaci\u00f3n con el <a href=\"https:\/\/app.congreso.es\/consti\/constitucion\/indice\/titulos\/articulos.jsp?ini=16&amp;tipo=2\">art\u00edculo 16<\/a> de la Constituci\u00f3n, dispone de contenido esencial; por el art\u00edculo 53.2 de la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola, dispone de amparo frente al TC; si bien por la STV 160\/1997 no goza de reserva de ley org\u00e1nica, pero s\u00ed de ley ordinaria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La objeci\u00f3n institucional<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>Aludi\u00f3 tambi\u00e9n el Dr. Bestard a la objeci\u00f3n de conciencia institucional, y manifest\u00f3 que \u201cno tiene sentido, puesto que la objeci\u00f3n de conciencia tiene car\u00e1cter individual\u201d. Adem\u00e1s, se\u00f1al\u00f3 que \u201cel C\u00f3digo de Dentolog\u00eda m\u00e9dica en Espa\u00f1a entiende que la objeci\u00f3n de conciencia institucional no es admisible\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>No es \u00e9ste un tema pac\u00edfico. Conocidos juristas, como los catedr\u00e1ticos Rafael Navarro-Valls y Javier Mart\u00ednez-Torr\u00f3n, y la profesora Mar\u00eda Jos\u00e9 Valero, han publicado an\u00e1lisis y peticiones, que consideran \u201cde especial trascendencia, tanto te\u00f3rica como pr\u00e1ctica\u201d. Entre ellas se encuentra \u201creconocer expresamente la posibilidad de objeci\u00f3n institucional a la pr\u00e1ctica de la eutanasia y el suicidio asistido en el caso de instituciones privadas, con o sin \u00e1nimo de lucro, cuyo ideario \u00e9tico sea contrario a dichas actuaciones\u201d, tal como ha recogido <a href=\"https:\/\/teal-beaver-472417.hostingersite.com\/foco\/ecologia-integral\/catedraticos-ley-eutanasia\/\">Omnes<\/a>.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, Federico de Montalvo, profesor de Derecho en Comillas Icade y ahora ex presidente del Comit\u00e9 de Bio\u00e9tica de Espa\u00f1a, consider\u00f3 el a\u00f1o pasado en una entrevista con <a href=\"https:\/\/teal-beaver-472417.hostingersite.com\/foco\/ecologia-integral\/negar-la-objecion-de-conciencia-institucional-va-contra-la-constitucion\/\">Omnes<\/a> que negar la objeci\u00f3n de conciencia a la ley de eutanasia ejercida por instituciones y comunidades \u201ces inconstitucional\u201d. Los juristas citados anteriormente a\u00f1aden que \u201cno estar\u00eda de m\u00e1s&nbsp;reconocer car\u00e1cter de ley org\u00e1nica al entero art\u00edculo 16 de la ley, sin excluir su primer p\u00e1rrafo, pues todo \u00e9l se refiere al desarrollo de la libertad de conciencia protegida por la Constituci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Crisis del ambiente, de la cultura<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p>En su resumen, el presidente de la Comisi\u00f3n Deontol\u00f3gica del Colegio de M\u00e9dicos de Madrid (Icomem), Rafael del R\u00edo, efectu\u00f3 alguna reflexi\u00f3n. \u201cObjeci\u00f3n de conciencia es una expresi\u00f3n que aguanta el paso del tiempo \u2015manifest\u00f3\u2015, porque describe algo muy esencial que quiere ser preservado del actuar de cada persona, pero tambi\u00e9n sufre el desgaste del tiempo. La palabra objetar, sin embargo, s\u00ed conserva su cariz, que lamentablemente es negativo: aparentemente implica no aceptar, rechazar, criticar\u2026 Por eso nos preguntamos cu\u00e1l es la actitud adecuada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cTenemos que reconocer que si el m\u00e9dico llega hasta el punto de que se plantea seriamente la no colaboraci\u00f3n, el problema debe venir de mucho m\u00e1s atr\u00e1s\u201d \u2015a\u00f1adi\u00f3\u2015, En este sentido, la objeci\u00f3n de conciencia desde el punto de vista del objetor habla de cierto tipo de crisis, que no es de las instituciones, ni de las estructuras, ni de los partidos particularmente, sino un poco del ambiente, de la cultura misma, al menos desde su perspectiva\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>A su juicio, \u201cen este sentido, la objeci\u00f3n no es un acto aislado, ni una mera expresi\u00f3n de la libertad individual, sino que podr\u00eda tocar a las mismas garant\u00edas del propio Estado de Derecho, y en muchos casos, es necesaria para la restituci\u00f3n de alg\u00fan bien fundamental que est\u00e1 en juego, esos bienes que igual no deber\u00edan estar puestos en discusi\u00f3n\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cEl acto m\u00e9dico no es una mera prestaci\u00f3n. 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